U2 lab™ - smart tech solutions / perito judicial informático
Informe Pericial
En esta sección vamos a presentar y explicar en detalle el ‘Informe Pericial U2 lab™‘ (o el ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘, según el caso).
Tras una Introducción, veremos qué es la Prueba Pericial Informática, los Tipos de Informe/Dictamen Pericial, la Diferencia entre un Informe Pericial y un Dictamen Pericial, las Características de un Informe/Dictamen Pericial, la Estructura de un Informe/Dictamen Pericial, así como los Efectos de un Informe/Dictamen Pericial.
Para información general, consulte "Información General".
Para información sobre los tipos de casos judiciales, consulte "Tipos de Casos".
Para información sobre las fases del servicio de perito informático, consulte "Fases".
Para información sobre el informe pericial (o dictamen pericial), consulte "Informe Pericial".
Para información sobre la ratificación del informe/dictamen pericial, consulte "Ratificación".
Para información sobre el peritaje informático, consulte "Guía Sobre el Peritaje Informático".
Para información sobre la legislación básica de España y la UE consulte "Leyes".
Para recursos multimedia, consulte "Recursos Multimedia".
Para información sobre CCAA y Provincias disponibles, consulte "Ámbito Territorial".
Para información sobre nuestras tarifas, consulte "Tarifa Profesional".
Para información sobre noticias de actualidad relacionadas con casos reales, consulte "Noticias".
Informe/Dictamen Pericial (elaboración)
Cuando un/a cliente/a (o su abogado/a) contrata nuestro servicio de perito informático, en U2 lab™, nuestro objetivo principal es la elaboración del ‘Informe Pericial U2 lab™‘ (o del ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘, según el caso), en base a todas las pruebas (evidencias) puestas a nuestra disposición por parte del cliente y/o su abogado/a.
El procedimiento consiste en las siguientes fases: identificación, adquisición, preservación (custodia de la evidencia), análisis, presentación y defensa.
Inicialmente, identificamos la evidencia que será objeto de análisis y procedemos a su adquisición, asegurando en todo momento su custodia. Tras esto, procedemos al análisis de la evidencia, empleando la metodología, procedimientos y herramientas más adecuadas a cada caso concreto. Finalizado el análisis, procedemos a la elaboración del ‘Informe Pericial U2 lab™‘ (o del ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘, según el caso), documento estructurado, completo, y detallado, expresado en un lenguaje claro y fácil de entender, que finaliza con una serie de conclusiones sólidas e inequívocas, así como con el correspondiente dictamen (en el caso del ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘).
Una vez finalizado, procedemos a su entrega (o envío vía email) al cliente/a (o su abogado/a) con objeto de que puedan proceder a aportarlo al procedimiento judicial.
El ‘Informe Pericial U2 lab™‘ (o ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘) es un documento al cual los Jueces y/o Tribunales suelen asignar gran peso probatorio, y puede jugar un papel esencial en el resultado de un caso judicial.
El ‘Informe Pericial U2 lab™‘ y el ‘Dictamen Pericial U2 lab™‘ son dos documentos con una estructura y contenido muy similares, siendo la principal diferencia que el dictamen incluye al final una "valoración" ("opinión") del perito judicial informático sobre la cuestión de fondo, la cual puede ayudar al Juez/a a decidir a la hora de emitir sentencia, especialmente en casos complejos.
Prueba Pericial Informática
La prueba pericial informática consiste en la elaboración de un informe pericial (científico y tecnológico) que, a través de un análisis forense, muestra evidencias para culpar o probar la inocencia de una de las partes intervinientes en un procedimiento judicial.
Su veracidad permitirá llevar el caso sobre el que se esté investigando a un dictamen pericial (o definitivo).
En otras palabras, la prueba pericial informática revela datos obtenidos mediante técnicas de informática forense, emitidos por un perito ingeniero.
La prueba pericial informática sirve para sustentar las evidencias del testigo perito, quien será interrogado durante la vista o juicio, en caso de ratificación.
Tipos de Informe/Dictamen Pericial
La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) contempla 2 tipos de informe/dictamen pericial informático de peritos informáticos:
El informe/dictamen pericial informático emitido a solicitud de parte por peritos designados por el juzgado o tribunal;
El informe/dictamen pericial informático elaborado por peritos designados por las partes extrajudicialmente;
Diferencia entre un Informe Pericial y un Dictamen Pericial
Mientras que el informe pericial informático se centra en la descripción detallada y exhaustiva de los resultados de una investigación, el dictamen pericial informático se enfoca en emitir una opinión técnica especializada sobre aspectos específicos del caso.
Cuando cuentas con los servicios de un perito, lo primero que debes decidir es si necesitas un informe pericial o un dictamen pericial.
Las diferencias entre informe pericial y dictamen pericial no son muchas, pero sí tienen la suficiente entidad como para afectar a la resolución del proceso.
De hecho, el propio perito informático puede aconsejarte si, en tu caso concreto, es mejor un documento u otro.
Por lo general, cuanto más complejo sea el tema a tratar, más interesante será solicitar un dictamen y no un informe, porque a la autoridad judicial le ayudará a entender mejor el asunto el hecho de contar con la opinión de un experto en la materia.
Informe Pericial
Un informe pericial consiste en la exposición escrita y razonada en la que, un profesional experto en una materia (perito informático) detalla de una forma concisa las observaciones sobre la materia que ha sido objeto de estudio por su parte.
La finalidad del informe pericial es ayudar a la autoridad judicial a hacerse una idea sobre materias en las que no tiene por qué ser una experta, utilizando siempre un lenguaje que sea claro y sencillo, de manera que pueda ser entendido por aquellos que no son conocedores de la materia.
El informe es un medio de prueba que requiere de la intervención de un tercero (el perito) que es ajeno al proceso y totalmente independiente y objetivo.
El informe pericial es tan neutro y objetivo como el dictamen pericial, pero la diferencia radica en que el experto expone o argumenta una serie de hechos sin emitir su valoración como profesional, cosa que sí ocurre en el dictamen.
Es decir, en el informe pericial no hay valoración profesional por parte del perito informático.
Dictamen Pericial
Un dictamen pericial consiste en la exposición escrita y razonada en la que, un profesional experto en una materia (perito informático) detalla de una forma concisa las observaciones y valoraciones sobre la materia que ha sido objeto de estudio por su parte.
La finalidad del dictamen pericial es ayudar a la autoridad judicial a hacerse una idea sobre materias en las que no tiene por qué ser una experta, utilizando siempre un lenguaje que sea claro y sencillo, de manera que pueda ser entendido por aquellos que no son conocedores de la materia.
El dictamen es un medio de prueba que requiere de la intervención de un tercero (el perito) que es ajeno al proceso y totalmente independiente y objetivo.
El perito examina el objeto o a la persona, realiza una serie de pruebas o análisis y, con base en ellos, emite su opinión experta.
Características de un Informe/Dictamen Pericial
Debe ser objetivo.
Tiene que ser preciso y conciso.
Rehúye de afirmaciones rotundas y categóricas, pero también evita caer en imprecisiones o ambigüedades, porque intenta ser lo más claro y conciso posible.
Se ciñe a aquello sobre lo que se ha preguntado al profesional.
La explicación está estructurada en un orden lógico y fácilmente entendible.
Puede incorporar material complementario, que puede añadirse de ser necesario en forma de anexos (documentos, audios, imágenes, gráficos, fotografías, videos, bases de datos, etc.).
Estructura de un Informe/Dictamen Pericial
Portada: incluye el título (asunto tratado en el documento), peticionario/a, fecha de emisión, número de referencia (de la pericial) y autor/a del dictamen.
Autor/a: nombre, apellidos, titulación/es, colegio/s profesional/es, asociación/es profesional/es, formación específica, lista de Juzgados en los que está inscrito/a, datos de contacto y sellos.
Atribuciones oficiales y legitimidad: capacidad legal del perito para la realización del dictamen pericial, en base a su titulación, formación, etc.
Declaración de tachas: inexistencia de conflicto de interés entre el perito judicial y las partes (ambas: acusación y defensa), no interés personal en el asunto (o asuntos similares), etc.
Juramento o promesa: de decir verdad.
Índice: índice de contenidos, incluyendo los apartados y subapartados.
Objeto: es decir, el tema sobre el que trata el informe/dictamen.
Alcance: es decir, el ámbito o extensión cubierto por el informe/dictamen.
Antecedentes: hechos previos a la pericia y estado actual en el que se encuentra el objeto o persona examinada, todo ello expuesto de una forma esquemática.
Consideraciones preliminares: cuestiones de previa consideración.
Metodología: descripción de la metodología empleada (métodos, técnicas, pruebas, herramientas, etc.).
Bibliografía: lista de todas aquellas publicaciones (libros, e-books, revistas especializadas, webs, blogs, informes, etc.) de utilidad.
Terminología y abreviaturas: glosario, incluyendo una definición (y explicación en su caso) de todos los términos especializados (científicos, tecnológicos, etc.), así como los acrónimos.
Análisis técnico: describiendo las técnicas, los procedimientos de análisis seguidos, los métodos, las herramientas utilizadas y las pruebas practicadas.
Conclusiones: intentan establecer una relación de causalidad entre lo observado y la materia que es objeto del proceso; deben ir enumeradas; cada conclusión ha de ser identificable mediante un identificador único (ej. un número).
Conclusión final: conclusión global, resumen de las conclusiones anteriores.
Dictamen: valoración y opinión profesional del perito (en caso de dictamen pericial).
Notas finales: aclaraciones finales.
Anexo/s: toda aquella documentación que pueda ser importante: documentos, imágenes, fotografías, audios, videos, atestados, etc. Se trata de información que respalda la conclusión a la que ha llegado el/la experto/a.
Lugar: de emisión.
Fecha: de emisión.
Firma: del perito informático (preferiblemente, firma electrónica); es muy recomendable que la fecha de la firma electrónica coincida con la fecha de emisión.
Estas son las partes que deben constar en el informe/dictamen, pero lo que no se exige en nuestro ordenamiento jurídico es un requisito concreto sobre la forma que debe tener este documento.
Efectos de un Informe/Dictamen Pericial
Si el informe/dictamen pericial cumple con todos los requisitos legales en cuanto a las características y las partes que le son exigibles, será considerado una prueba totalmente válida.
No obstante, hay que tener en cuenta que la opinión del experto no es vinculante para el juez.
La autoridad judicial examinará el informe/dictamen y decidirá hasta qué punto la información contenida en él le resulta relevante a la hora de tomar su decisión.
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